Certificados obligatorios para vivienda

Certificados obligatorios para vivienda

Actualmente, una serie de certificados a nivel nacional es obligatoria en algunos casos para una vivienda. Para que no te quedes sin ellos cuando los necesites, aquí tienes todo lo que necesitas saber sobre ellos.

Certificado de instalación eléctrica

A este documento también se le denomina Boletín Eléctrico o CIE. Consiste en un documento obligatorio en diferentes casos para poder poseer suministro de electricidad en un inmueble.  

  • Carácter obligatorio de este boletín

El boletín eléctrico es obligatorio en los siguientes momentos o situaciones: 

  • Modificación de la instalación de electricidad o de alguno de sus componentes
  • Contratación de una potencia de electricidad por encima de la que actualmente admite el certificado
  • Boletín caducado (tiene más de veinte años)
  • Cambiar de instalación monofásica a una trifásica o viceversa
  • Solicitud expresa del distribuidor de electricidad correspondiente

Existen diferentes certificados en función de la Comunidad Autónoma. Si bien el certificado de instalación eléctrica es obligatorio en cada Comunidad, existen Comunidades que solicitan otro tipo de certificados además. 

En este sentido, en Cataluña y Canarias, además del boletín eléctrico, solicitan otra serie de documentos:

  • Cataluña:
  • Boletín de reconocimiento de instalaciones eléctricas (BRIE) o Blue Bulletin: Este documento tiene una validez de 6 meses y se tiene que presentar cada vez que se solicita un cambio técnico o de propiedad. Esto lo convierte en algo obligatorio en cualquier gestión de venta o alquiler.
  • Certificado de inspección más barato o prueba de las condiciones de seguridad: lo solicita la distribuidora de electricidad correspondiente para garantizar que se sigan todas las medidas de seguridad.
  • Islas Canarias:

En caso de que el documento sea anterior al año 2003, es necesario realizar un nuevo boletín eléctrico, aunque el actual no esté caducado. 

También se solicita otro documento que se denomina certificado de prueba más barato o certificado de idoneidad de la instalación, el cual lo puede emitir la empresa instaladora.

Certificado de instalación de gas

Este documento certifica que todas las instalaciones de gas de la vivienda, independientemente del tipo de gas, están debidamente implantadas o revisadas en consecuencia.

El Certificado Único de Instalación es también conocido como Boletín de Gas o Modelo IRG-3. Este modelo es un expediente que debe cumplimentar el profesional que realiza la instalación para certificar que la instalación es correcta. Junto a este certificado se deberá adjuntar el plano de instalación y todos sus elementos.

Un certificado de Instalación de Recepción Individual (IRI) garantiza que el suministro puede suministrar gas natural de forma segura. Si el inmueble se encuentra en la comunidad de propietarios, también se deberá aportar un certificado de instalación de recepción de público (IRC) que acredite que la instalación general también es correcta.

  • Carácter obligatorio de este boletín

El certificado de instalación del gas lo pueden solicitar tanto la distribuidora como la comercializadora cuando se dan las siguientes situaciones: 

  • Primer alta de gas en un inmueble de obra nueva
  • Alta de gas natural después de una baja de más de dos años
  • Modificación en la instalación del gas, o en alguno de sus elementos
  • Cambio de comercializadora de gas
  • Cambio tarifa de gas

Certificado de eficiencia energética

El Certificado de Eficiencia Energética informa de la cantidad de energía consumida por el suministro cada año, hasta el consumo óptimo. En este certificado podemos encontrar la siguiente información:

  • Ubicación de la propiedad
  • Información sobre el proceso seguido para la obtención de un certificado de eficiencia energética
  • Características energéticas del inmueble
  • Reglamento de Conservación y Eficiencia Energética para la Construcción de Viviendas.
  • El grado de eficiencia energética alcanzado por el inmueble.
  • Este certificado es obligatorio para cualquier operación de alquiler o venta desde 2013 y debe estar en posesión antes de dicha operación.

En el caso de una compraventa, el vendedor debe entregarla al comprador. En el caso de alquiler, se entregará una copia al arrendatario junto con el contrato.